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Con motivo de la grave crisis sanitaria que en estos días estamos sufriendo, de manera continua y tal vez demasiado precipitada, nuestros gobernantes se ven abocados a tratar de adaptar nuestra normativa a la realidad existente, según las necesidades del momento.

Y en relación con el nuevo RDL 10/2020, repasando el mismo, releyéndolo y también las disposiciones anteriores, en especial el RD 463/2020 encuentro que contiene un claro error o un evidente olvido en orden a su interpretación o, al menos, no coincidente con lo que nos han venido diciendo a través de los distintos medios y,..

 

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¿Ha recibido alguna comprobación de valores de la Dirección General de Tributos que le diga que tiene que abonar más cuota por Impuesto de Transmisiones, Donaciones o Sucesiones, con intereses, recargos, etc. como consecuencia de alguna transmisión hereditaria, donación o compraventa de inmueble?

Sepa que no tiene por qué aceptarlo,  la inmensa mayoría de los casos estos asuntos tiene una grata solución para el contribuyente y a veces, por desconocimiento o por que piense que el coste del procedimiento va a resultar caro, el notificado acepta, sin más, el pago que le exige la Administración.

No se apure, no acate sin más el contenido de esas notificaciones.

En nuestro gabinete jurídico contamos con personal especializado con unas tarifas moderadas que le solucionara el problema y le evitará tener que asumir el importe que la Administración pretender reclamarle.

 

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